Sociedad
Recaudación bajo la lupa: cómo será la nueva sanción de ARBA a empresas que no giran lo retenido
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) avanzará con una nueva herramienta de control sobre las empresas y personas que actúan como agentes de recaudación y no cumplen con su obligación de girar los impuestos retenidos.
Según una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo podrá suspender de manera temporal a aquellos agentes que hayan retenido o percibido más de $100 millones en tributos provinciales y no los hayan ingresado dentro de los plazos fijados por la normativa.
El director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, fue tajante al explicar el alcance de la medida:
“Los agentes de recaudación incurren en defraudación fiscal cuando mantienen en su poder impuestos percibidos o retenidos más allá del tiempo permitido. Frente a esas conductas, avanzaremos con suspensiones temporales para garantizar la correcta percepción de los pagos a cuenta y proteger los recursos públicos”.
Qué significa quedar suspendido por ARBA
De acuerdo con el Código Fiscal bonaerense, declarar retenciones pero no ingresarlas configura una defraudación y habilita la aplicación de multas y sanciones.
La nueva resolución suma una consecuencia fuerte:
- el agente suspendido no podrá seguir recaudando en los regímenes alcanzados,
- los sistemas de ARBA bloquearán cualquier intento de presentar declaraciones o realizar pagos vinculados a esos regímenes,
- y las retenciones que realice durante ese período no podrán ser computadas por otras y otros contribuyentes como pago a cuenta de sus impuestos.
La suspensión no es definitiva: se levantará una vez que la empresa o persona regularice la deuda y pague los importes declarados y no ingresados. Recién ahí podrá volver a operar como agente de recaudación “normal”, aclaró Girard.
Si, pese a la medida, las irregularidades persisten o no se cancela la deuda, ARBA dejó la puerta abierta para profundizar sanciones y avanzar con el resto de las herramientas previstas en la normativa.
A quiénes alcanza la medida
Podrán ser suspendidos como Agentes de Recaudación quienes:
- acumulen tres o más períodos mensuales o
- seis o más períodos quincenales, continuos o alternados,
en los que hayan declarado retenciones o percepciones por más de $100 millones en total y no hayan girado esos fondos al fisco.
También se prevé la suspensión aunque se trate de un solo período, si:
- el agente declaró los importes,
- no los ingresó, y
- pasaron más de 60 días desde el vencimiento sin que se regularizara la situación.
En todos los casos, la sanción se instrumentará mediante un acto administrativo que será notificado en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) del agente y quedará reflejada en las bases de datos de ARBA. La suspensión abarcará todos los regímenes de Ingresos Brutos en los que esté inscripto el sujeto y regirá desde la fecha indicada en la notificación.
Durante ese período, además, la persona o empresa no podrá inscribirse como agente de recaudación en nuevos regímenes.
El contexto: menos agentes, menos adelantos y devolución de saldos a favor
Girard enmarcó la decisión dentro de un reordenamiento más amplio del sistema de agentes de recaudación, impulsado desde la llegada del gobernador Axel Kicillof a la Provincia.
Según detalló, el objetivo fue:
- reducir la cantidad de agentes para aliviar la carga administrativa sobre las PyMEs,
- bajar la intensidad de los adelantos a cuenta en Ingresos Brutos,
- y acompañar esos cambios con una política de devolución de créditos acumulados, que permitió reintegrar más de un billón de pesos en saldos a favor al sector productivo.
Esos recursos, sostuvo, volvieron a la inversión, el empleo y la actividad económica, mientras que la nueva resolución apunta a otro frente: evitar que los grandes agentes retengan plata que pertenece al fisco provincial y garantizar que esos fondos lleguen efectivamente a las arcas públicas.


