Política
El ex de Carolina Píparo fue sobreseído por la justicia: descartaron la tentativa de homicidio
La resolución judicial marca un giro clave en la causa de Juan Ignacio Buzali vinculada a un hecho ocurrido en La Plata en 2021.
La Justicia resolvió sobreseer total y definitivamente a Juan Ignacio Buzali por la causa en la que estaba imputado por tentativa de homicidio, al considerar que no existieron elementos suficientes para sostener esa acusación. La decisión de los jueces Ramiro Lorenzo Fernández, Silvia Edit Hoerr y Cecilia Inés Sanucci, miembros del Tribunal Oral en lo Criminal N°1, se enmarcó en el delito de “lesiones leves imprudentes” en perjuicio de Luis Lavalle e Iván Coronel, pero la acción penal fue prescripcta desde el 4 de abril de 2025, lo que implica un cambio sustancial en el encuadre del caso, uno de los más resonantes en La Plata en los últimos años.
El hecho que originó la causa ocurrió en enero de 2021, cuando Buzali, pareja en ese momento de Carolina Píparo, protagonizó una persecución en auto tras que la titular del Banco Provincia denunciara un robo. En ese contexto, su marido en ese momento, embistió con su auto Fiat 500L a dos motociclistas que reconoció como los autores del hecho y las víctimas resultaron heridas. Tras la investigación, se comprobó que los dos ocupantes de la moto, uno de ellos menor, no tenían relación con el robo. Luego del atropello, Buzali fue detenido por la figura de "tentativa de homicidio" y estuvo en prisión durante dos años, hasta que su abogado, Marcelo Peña, logró su excarcelación.
El fallo descartó que Buzali haya tenido intención de matar, un punto clave para sostener la figura de tentativa de homicidio. Según la resolución:No se acreditó el dolo homicida, no hubo pruebas concluyentes de intención de causar la muerte, y el hecho no encuadra en ese delito. De esta manera, la Justicia avanzó con el sobreseimiento en esa imputación, lo que lo desvincula de la acusación más grave.
Con el avance de la investigación, la calificación comenzó a ser revisada. El nuevo fallo consolida ese cambio de criterio, al entender que el accionar no tuvo intención homicida y debe ser analizado bajo otras figuras penales. El punto clave es la "intención". En términos jurídicos, la tentativa de homicidio requiere probar que el acusado quiso matar, aunque no haya logrado el resultado. En este caso, la Justicia concluyó que ese elemento no pudo ser demostrado, lo que resultó determinante para el sobreseimiento.