Punto capital
Dos nuevos represores condenados por crímenes de lesa humanidad
El Tribunal Oral Federal N°1 de La Plata dictó prisión perpetua para el ex militar José Ignacio Saravia Day y una pena de 15 años para el ex policía Pedro Raúl Muñoz. El fallo reconoció, además, delitos específicos contra mujeres, niñas, niños y adolescentes cometidos en centros clandestinos de detención.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata condenó este jueves al ex militar José Ignacio Saravia Day a la pena de prisión perpetua y al ex integrante de la Policía Bonaerense Pedro Raúl Muñoz a 15 años de prisión por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar.
La sentencia, leída por la presidenta del tribunal, Karina Yabor, junto a los jueces Ricardo Basílico y Andrés Basso, estableció que los hechos juzgados fueron perpetrados "en el marco del genocidio cometido en la República Argentina entre los años 1976 y 1983".
Saravia Day, quien se desempeñó como jefe del Escuadrón Ayacucho del Regimiento de Granaderos a Caballo, fue hallado coautor de la desaparición forzada de José David Aleksoski y responsable de los secuestros y tormentos sufridos por los ex conscriptos Juan Ignacio Araujo y Roberto Campos.
Las tres víctimas realizaban el servicio militar obligatorio y cumplían funciones de custodia en la Quinta Presidencial de Olivos cuando fueron secuestradas a fines de 1976. En el caso de Aleksoski, la investigación determinó que había sido enviado por Saravia Day a una supuesta "comisión de servicio" de la que nunca regresó.
Por su parte, el ex policía bonaerense Pedro Raúl Muñoz fue condenado como partícipe secundario de los crímenes cometidos en la Comisaría 5ª de La Plata, uno de los centros clandestinos de detención que funcionó durante el terrorismo de Estado y por el que pasaron más de un centenar de personas.
Aunque el Ministerio Público Fiscal había solicitado la pena de prisión perpetua, el tribunal consideró que el grado de participación de Muñoz justificaba una condena de 15 años de prisión.
La sentencia lo encontró responsable de múltiples hechos que incluyeron privaciones ilegales de la libertad, tormentos, abusos sexuales, homicidios agravados, desapariciones forzadas y la apropiación de tres niños nacidos en cautiverio, varios de ellos agravados por tratarse de víctimas embarazadas, menores de edad y niñas y niños.
Uno de los aspectos más relevantes de la resolución fue el reconocimiento explícito de la violencia de género y la violencia obstétrica sufridas por las mujeres detenidas en la Comisaría 5ª de La Plata, en línea con el planteo impulsado por los auxiliares fiscales Ana Oberlin y Juan Martín Nogueira, junto al fiscal general Gonzalo Miranda.
Asimismo, el tribunal dictó una resolución considerada inédita en la jurisprudencia argentina al reconocer formalmente estos delitos de lesa humanidad como violencias específicas ejercidas contra niñas, niños y adolescentes durante el terrorismo de Estado.
Entre las medidas reparatorias ordenadas por los jueces, se dispuso la colocación de una placa homenaje a José David Aleksoski en el Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín.
Además, el tribunal hizo lugar al pedido formulado por el Ministerio Público Fiscal, Abuelas de Plaza de Mayo y Leonardo Fossati Ortega —nacido en cautiverio en la Comisaría 5ª— para incorporar una "declaración de verdad" sobre la actuación del médico policial Jorge Antonio Bergés, quien falleció en febrero de este año sin haber recibido sentencia definitiva.
Finalmente, los magistrados notificaron el fallo a los poderes ejecutivos nacional y bonaerense para que se proceda a la exoneración y baja definitiva de ambos condenados de las fuerzas a las que pertenecieron.
Los fundamentos completos de la sentencia serán dados a conocer el próximo 15 de octubre.