Política

El CECIM La Plata rechazó el fallo de la Corte por la Ley de Tierras: “Puso a la Argentina en venta”

El CECIM La Plata rechazó el fallo de la Corte por la Ley de Tierras: “Puso a la Argentina en venta”
Luciano Neder
30 Sep, 2026

El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata cuestionó con dureza la decisión del máximo tribunal de revocar el fallo de la Cámara Federal platense que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras Rurales. La organización sostuvo que la Corte “resolvió el problema político de Milei” y cuestionó que no se haya analizado el planteo de fondo.

El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) expresó su rechazo al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata contra la derogación de la Ley de Tierras Rurales. A través de un duro comunicado, la organización cuestionó que el máximo tribunal haya rechazado la demanda por considerar que no contaba con legitimación para promover la acción y sostuvo que la resolución deja nuevamente vigente el artículo 154 del DNU 70/2023.

La Corte Suprema, integrada en este caso por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, consideró que no estaba configurado un caso o controversia judicial concreto y que el CECIM no podía invocar la soberanía territorial como un derecho de incidencia colectiva en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional. Por ese motivo, revocó el fallo de la Cámara Federal platense y rechazó la demanda.

El tribunal, sin embargo, aclaró que su decisión no implicó un pronunciamiento sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023. El fallo se limitó a resolver la falta de legitimación de la organización y la ausencia de un caso judicial concreto. Como consecuencia de la decisión, quedó vigente la derogación de la Ley 26.737 dispuesta por el Gobierno nacional.

La dura respuesta del CECIM

En su comunicado, titulado “La Corte decretó que la soberanía no es un bien jurídico y puso a la Argentina en venta”, el CECIM cuestionó el argumento utilizado por el máximo tribunal para rechazar la acción judicial. La organización sostuvo que la Corte evitó analizar el planteo relacionado con la derogación de la Ley de Tierras y concentró su decisión en determinar si los excombatientes estaban habilitados para acudir a la Justicia.

“Para esta Corte, podemos morir en defensa de la soberanía, pero no acudir a un Tribunal”, expresó el CECIM, en una de las frases centrales del documento. La organización vinculó esa interpretación con la historia de sus integrantes como ex soldados conscriptos que participaron de la guerra de Malvinas y cuestionó que no se les reconozca legitimación para plantear judicialmente una cuestión que consideran relacionada directamente con la soberanía territorial.

En otro tramo del comunicado, el CECIM sostuvo que la Corte “resolvió el problema político de Milei” y afirmó que el fallo terminó dejando nuevamente vigente la derogación de la Ley de Tierras. La organización calificó la decisión como un retroceso en materia de protección territorial y cuestionó especialmente que el tribunal no haya ingresado en el análisis de fondo sobre la validez del DNU.

Qué pasó con la Ley de Tierras Rurales

La Ley 26.737 establecía un límite general del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales sobre el territorio nacional, provincial y departamental. También fijaba restricciones adicionales vinculadas con la concentración de tierras por parte de personas de una misma nacionalidad y con la superficie que podía adquirir un mismo titular extranjero.

El artículo 154 del DNU 70/2023 derogó ese régimen. El CECIM presentó entonces una acción judicial para cuestionar la medida y, en enero de 2024, obtuvo una medida cautelar que suspendió la aplicación del artículo. Posteriormente, la Cámara Federal de La Plata declaró su inconstitucionalidad, decisión que fue apelada por el Estado nacional.

El expediente llegó finalmente a la Corte Suprema, que ahora revocó aquella sentencia por considerar que la organización no tenía legitimación para promover la demanda colectiva. El máximo tribunal sostuvo que la soberanía territorial constituye un elemento del Estado y que no puede ser considerada un “bien colectivo” a los efectos de habilitar una acción de estas características.

“Acaba de poner a la República Argentina en venta”

El CECIM fue todavía más allá en su comunicado y cuestionó las consecuencias que, a su entender, tendrá la decisión judicial. La organización sostuvo que, al quedar vigente la derogación de la Ley de Tierras, se eliminan las restricciones que aquella normativa establecía para la propiedad rural extranjera.

“La Corte resolvió el problema político de Milei. Acaba de poner, este 29 de septiembre, a la República Argentina en venta”, expresó el CECIM. La organización enumeró entre sus preocupaciones la posibilidad de adquisición de tierras en municipios, provincias, zonas de frontera y áreas vinculadas con recursos naturales, y relacionó esa situación con su histórica defensa de la soberanía nacional.

El planteo forma parte de una posición política e institucional sostenida por el CECIM frente a las modificaciones introducidas por el Gobierno nacional en el régimen de tierras. La organización ya había cuestionado públicamente la derogación de la Ley 26.737 y había llevado esa discusión a los tribunales federales de La Plata.

El antecedente que llegó desde La Plata

La causa tiene un particular peso para la ciudad porque fue iniciada por una organización platense y atravesó distintas instancias de la Justicia Federal de La Plata antes de llegar al máximo tribunal. En primera instancia, la presentación había sido rechazada, pero posteriormente la Cámara Federal platense hizo lugar al planteo del CECIM y declaró inconstitucional el artículo del DNU que había derogado la Ley de Tierras.

Con la resolución de la Corte, ese fallo quedó sin efecto. La decisión no determinó que el DNU sea constitucional, sino que estableció que la demanda presentada por el CECIM no podía prosperar por cuestiones vinculadas con la legitimación y la inexistencia de una controversia judicial concreta.

Para el CECIM, sin embargo, el resultado práctico de la resolución vuelve a colocar en el centro de la discusión la cuestión de la soberanía territorial. La organización cerró su comunicado cuestionando el criterio adoptado por los tres integrantes de la Corte que firmaron la sentencia y anticipó que la disputa por la protección de las tierras rurales continuará en el ámbito político y social.

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