Política

Kicillof cuestionó el fallo de la Corte sobre la Ley de Tierras: “Es el fallo de la infamia”

Kicillof cuestionó el fallo de la Corte sobre la Ley de Tierras: “Es el fallo de la infamia”
Luciano Neder
01 Oct, 2026

El gobernador bonaerense criticó la decisión del máximo tribunal que dejó nuevamente vigente la derogación de la Ley de Tierras Rurales y sostuvo que afecta “la soberanía nacional y la voluntad popular”. También apuntó contra Javier Milei y vinculó el fallo con el debate por la compra de tierras por parte de extranjeros.

El gobernador bonaerense Axel Kicillof cuestionó con dureza la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que revocó el fallo de la Cámara Federal de La Plata contra la derogación de la Ley de Tierras Rurales y calificó la resolución como “el fallo de la infamia”. El mandatario sostuvo que la decisión tiene consecuencias sobre la discusión vinculada con la propiedad de tierras rurales por parte de extranjeros y afirmó que se trata de una cuestión relacionada con la soberanía nacional.

“La Corte acaba de tomar una decisión gravísima que afecta la soberanía nacional y la voluntad popular”, expresó Kicillof a través de una publicación en su cuenta oficial de X, en la que cuestionó el criterio adoptado por el máximo tribunal.

La crítica de Kicillof y su referencia al Congreso

En su mensaje, Kicillof vinculó el fallo judicial con el debate político que se desarrolló durante los últimos meses alrededor de las restricciones para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.

“Hace menos de dos meses, miles de argentinos se movilizaron para rechazar la entrega de nuestro territorio y el Gobierno ‘Nacional’ tuvo que retirar su proyecto porque no conseguía los votos en el Senado”, sostuvo el gobernador.

A partir de esa lectura, cuestionó que una discusión que, según afirmó, no había logrado avanzar en el Congreso pudiera tener ahora consecuencias a partir de una decisión judicial.

“Lo que no pudieron conseguir con el Congreso y con el pueblo, ahora pretenden conseguirlo a través del Poder Judicial. Se proponen legalizar la entrega y el saqueo”, expresó el mandatario bonaerense.

Las expresiones forman parte de la interpretación política realizada por Kicillof sobre el alcance de la resolución. El fallo de la Corte, en cambio, se centró en la legitimación del CECIM para impulsar la acción judicial y en la inexistencia de un caso judicial que habilitara el tratamiento de la cuestión de fondo.

El gobernador también apuntó contra Milei

Kicillof también dirigió parte de sus críticas hacia el presidente Javier Milei, al vincular la discusión por la propiedad de tierras con la posición del Gobierno nacional respecto de la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas.

“Termina de caerse la careta del supuesto Milei ‘malvinero’”, sostuvo el gobernador, en una referencia directa al mandatario nacional.

En esa misma línea, Kicillof afirmó que, detrás de los discursos oficiales, existiría un objetivo de “entregar recursos estratégicos y subordinar los intereses nacionales a intereses extranjeros”. Se trata de una valoración política expresada por el gobernador en el marco de su cuestionamiento al fallo y a las políticas del Gobierno nacional.

La resolución de la Corte vuelve a colocar en el centro de la discusión nacional el régimen jurídico de las tierras rurales y las restricciones a la propiedad extranjera. En este caso, el máximo tribunal no definió si la derogación dispuesta por el DNU 70/2023 es constitucional o no, sino que revocó el fallo de la Cámara Federal de La Plata por considerar que la entidad que había iniciado la demanda no estaba habilitada procesalmente para plantear ese cuestionamiento.

Qué resolvió la Corte Suprema sobre la Ley de Tierras

El pronunciamiento de la Corte se originó en una demanda presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) contra el artículo 154 del DNU 70/2023, mediante el cual el Gobierno de Javier Milei derogó la Ley 26.737 de Tierras Rurales.

La normativa sancionada en 2011 establecía límites para la adquisición y titularidad de tierras rurales por parte de personas físicas y jurídicas extranjeras. Entre sus principales disposiciones, fijaba un límite general del 15% para la titularidad extranjera sobre el territorio nacional y establecía restricciones adicionales vinculadas con la nacionalidad y la cantidad de hectáreas que podía concentrar un mismo titular.

La Cámara Federal de La Plata había declarado inconstitucional el artículo del DNU que derogaba esa legislación. Sin embargo, la Corte Suprema revocó esa sentencia al considerar que el CECIM no contaba con legitimación suficiente para promover la acción y que no estaba configurado un caso o controversia judicial en los términos exigidos por la Constitución.

Un punto central del fallo es que la Corte no resolvió la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras. El tribunal dejó sin efecto la sentencia de la Cámara por razones vinculadas con la legitimación procesal de la entidad que inició la demanda. Como consecuencia de esa decisión, quedó nuevamente vigente el artículo 154 del DNU 70/2023 que había derogado la Ley 26.737.

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