Sociedad
Anmat prohibió el uso y venta de un alcohol etílico que se vendía en La Plata
El ente explicó que la firma del producto no se encontraba entre los establecimientos habilitados para fraccionar alcohol medicinal.
Mediante la disposición 8604/2020, la administración prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como "Etalcohol. Alcohol etílico 96% vol. Uso medicinal. Ind. Argentina. 500 ml. R.N.P.A. N° 04033369. R.N.E. Nº 04033300. Elaborado y fraccionado por Argencol S.A.", por carecer de registro y ser en consecuencia considerado un producto ilegal.
Según la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, la firma mencionada no se encontraba entre los establecimientos habilitados para fraccionar alcohol medicinal y, por lo tanto, el producto que fabrican no se encuentra habilitado.
Entre los considerandos se señaló que “la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recibió una denuncia de un particular acerca de la adquisición del producto el cual se estaría comercializando en de la ciudad de La Plata”.
Ante ello, esa Dirección “consultó al área de Vigilancia Alimentaria acerca de los datos de RNE y RNPA observados en el rotulado del producto denunciado” y se le informa que “ninguno de los registros consultados, ni el R.N.P.A. N° 04033369, ni el R.N.E. Nº 04033300 existían en la base de datos de ese Instituto”.
Asimismo, se destacó que “la Coordinación de Sumarios señaló que en el rótulo del envase del producto no surgen datos de inscripción en el Instituto Nacional de Vitivinicultura”. Por lo tanto, las autoridades dictaminaron que se trata de "un producto respecto del cual se desconoce el efectivo origen, condiciones de elaboración".
Como consecuencia, agregaron, "resulta peligroso para la salud de los pacientes a los que se administre, no pudiendo garantizarse su calidad, seguridad y eficacia".