Política

Tierras sin límites: la decisión de la Corte y los vínculos que vuelven a poner bajo la lupa al poder judicial

Tierras sin límites: la decisión de la Corte y los vínculos que vuelven a poner bajo la lupa al poder judicial
Luciano Neder
30 Sep, 2026

La Corte Suprema dejó sin efecto el fallo que había frenado la derogación de la Ley de Tierras Rurales. En los hechos, vuelve a quedar vigente el artículo del DNU 70/2023 que eliminó los límites para la adquisición de campos por parte de extranjeros. El tribunal no se pronunció sobre la constitucionalidad de la medida, pero la decisión reabre una discusión mucho más profunda: quiénes son los grandes propietarios extranjeros de tierras en la Argentina y qué relaciones han mantenido con distintos sectores del poder político, empresarial y judicial.

La decisión de la Corte Suprema conocida este martes tiene una consecuencia concreta: vuelve a quedar operativo el artículo 154 del DNU 70/2023, mediante el cual el Gobierno de Javier Milei derogó la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales.

La norma sancionada en 2011 establecía, entre otras restricciones, un límite general del 15% para la titularidad extranjera sobre las tierras rurales del país, impedía que una misma nacionalidad superara el 30% de ese porcentaje y fijaba un límite de 1.000 hectáreas para un mismo titular extranjero en la denominada zona núcleo. También prohibía la propiedad extranjera de determinados inmuebles vinculados con grandes cuerpos de agua y establecía restricciones específicas para zonas de seguridad de frontera.

La Corte no declaró que esos límites fueran inconstitucionales ni analizó el fondo de la discusión.

El máximo tribunal, integrado actualmente por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, revocó el fallo de la Cámara Federal de La Plata a partir de un argumento procesal: consideró que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que había iniciado la acción, no tenía legitimación suficiente para promover ese planteo colectivo y que no estaba configurado un caso judicial en los términos constitucionales.

La propia sentencia aclara que la decisión no implica abrir juicio sobre la validez constitucional del artículo 154 del DNU.

Pero el efecto práctico es difícil de soslayar: los límites establecidos por la Ley de Tierras dejan de operar.

Una Argentina que ya tiene millones de hectáreas extranjerizadas

El debate tampoco parte de cero.

Según información del Registro Nacional de Tierras Rurales analizada por Chequeado, en agosto de 2026 había aproximadamente 13,3 millones de hectáreas rurales en manos de personas físicas o jurídicas extranjeras en las 23 provincias, excluida la Ciudad de Buenos Aires. Es casi el 5% de la superficie rural del país.

La cifra creció respecto de 2018, cuando había alrededor de 12,5 millones de hectáreas extranjerizadas. En ocho años, el incremento fue de unas 781.000 hectáreas.

Durante la gestión de Milei, además, el Ministerio de Justicia informó 111 certificados de habilitación para compras de tierras por extranjeros: 35 en 2024, 29 en 2025 y 47 durante los primeros meses de 2026.

Es decir que la discusión no gira sobre una posibilidad hipotética. La presencia de capital extranjero sobre el territorio argentino ya existe y es de una magnitud considerable. Lo que acaba de cambiar es el límite legal que hasta ahora buscaba contener su expansión.

Benetton: casi 900.000 hectáreas y una larga historia judicial

Uno de los casos más conocidos es el del grupo italiano Benetton.

La familia adquirió en los años 90 la Compañía de Tierras del Sud Argentino, una sociedad que administra establecimientos rurales en distintas provincias patagónicas. La empresa llegó a controlar unas 900.000 hectáreas en Chubut, Santa Cruz, Río Negro y Buenos Aires.

Su presencia en la Patagonia generó durante décadas conflictos con comunidades mapuches, especialmente alrededor de los establecimientos de Leleque y Santa Rosa.

El tema llegó incluso a la Corte Suprema.

En 2014, la Compañía de Tierras del Sud Argentino promovió una acción contra la Provincia de Chubut, el Estado nacional y otros organismos para cuestionar medidas vinculadas con el relevamiento territorial de comunidades indígenas que alcanzaban inmuebles de su propiedad.

La Corte intervino en esa causa, pero no resolvió que las tierras pertenecieran a una u otra parte. El tribunal se concentró en una cuestión de competencia y concluyó que el expediente no correspondía a su competencia originaria.

Este caso demuestra que la judicialización de la tenencia de la tierra no es nueva, y que muchas veces la discusión pasa de las legislaturas a los tribunales, dándole a los jueces el poder de definir la situación.

El caso que incomoda más: Lago Escondido

Si hay un antecedente que obliga a mirar con atención la relación entre grandes propietarios extranjeros y miembros del Poder Judicial, ese es Lago Escondido.

El empresario británico Joe Lewis adquirió durante la década de 1990 miles de hectáreas alrededor del lago ubicado en Río Negro. La operación fue cuestionada durante años por las condiciones en las que se autorizó la adquisición, dado que la zona se encuentra alcanzada por restricciones vinculadas con la seguridad de fronteras.

Una investigación de la Defensoría del Pueblo de la Nación cuestionó en su momento la operatoria societaria utilizada para concretar la adquisición. Años después, en 2023, el Ministerio del Interior impulsó una acción de lesividad para intentar revisar judicialmente las autorizaciones otorgadas décadas atrás.

Pero Lago Escondido adquirió otra dimensión en 2022.

Ese año, jueces federales, funcionarios porteños, empresarios y otras personas viajaron a la propiedad de Lewis. Entre los magistrados que participaron estuvieron Julián Ercolini, Carlos Mahiques, Pablo Yadarola y Pablo Cayssials.

El episodio derivó en investigaciones en el Consejo de la Magistratura y en la Justicia.

En diciembre de 2023, el juez federal Sebastián Ramos declaró la nulidad de lo actuado y sobreseyó a los involucrados, decisión que estuvo fundada en la afectación del derecho a la privacidad a partir de la forma en que se obtuvieron elementos de la investigación. Para muchos, una prueba de corporativismo, en un Poder que suele cubrirse a si mismo 

La pregunta que deja el fallo

Hay una paradoja que merece ser discutida.

Mientras el Congreso no consiguió avanzar con una reforma que eliminara o ampliara los límites establecidos por la Ley de Tierras —el oficialismo terminó retirando ese capítulo del proyecto que discutía el Senado—, la derogación de la norma vuelve a tener efectos por decisión judicial.

Y frente a eso aparece una pregunta que Argentina ya se hizo varias veces, aunque ahora adquiere una dimensión diferente: ¿Quién controla la tierra cuando los límites para la compra extranjera desaparecen?

No alcanza con conocer cuántas hectáreas están en manos extranjeras. También importa saber quiénes son los titulares reales de esas sociedades, qué superficie controlan, dónde están ubicadas, qué ocurre cuando se encuentran en zonas de frontera o junto a recursos estratégicos, qué organismos autorizaron esas operaciones y qué recorrido tuvieron luego ante la Justicia.

El debate que es necesario dar es tan concreto como importante: cuánto territorio puede concentrarse en manos de un mismo actor, cuál es el agravante de qué ese actor no sea argentino, qué mecanismos tiene el Estado para saber quién está detrás de una sociedad y qué controles existen cuando ese patrimonio se cruza con fronteras, agua, recursos naturales o intereses estratégicos.

La Argentina acaba de entrar en una nueva etapa en esa discusión. Y esta vez, el límite que durante quince años había establecido la Ley de Tierras ya no está.

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