Sociedad

ANMAT simplifica los trámites para importar productos de cuidado personal

ANMAT simplifica los trámites para importar productos de cuidado personal
Facundo Benitez
27 Oct, 2025

La nueva disposición alcanza a empresas y personas que elaboran o importan artículos de higiene, cosmética y perfumería. Se implementa un sistema de declaración jurada y se actualizan las normas de buenas prácticas.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) anunció una serie de modificaciones en los procedimientos para la importación y habilitación de productos de cuidado personal, que abarcan tanto a personas humanas como jurídicas. Las medidas quedaron establecidas en la Disposición 7939/2025, publicada en el Boletín Oficial, y buscan agilizar los trámites del sector.

La normativa abarca a los establecimientos dedicados a la elaboración, envasado, fraccionamiento, acondicionamiento e importación de productos cosméticos, de higiene personal, perfumes, higiene oral odontológica, higiénicos descartables, artículos de uso intravaginal y domisanitarios.

Una habilitación más ágil con Declaración Jurada

El principal cambio es la implementación de una Declaración Jurada digital, que permitirá a las empresas comenzar a operar de manera inmediata, sin necesidad de esperar una inspección presencial previa. Esta modalidad excluye a los productos domisanitarios de mayor toxicidad, que continuarán bajo el régimen anterior.

La presentación deberá hacerse a través de la plataforma oficial de la ANMAT, y la entidad podrá realizar controles posteriores para verificar el cumplimiento de los requisitos. En caso de incumplimientos, se aplicarán sanciones administrativas y sumarios, según lo dispuesto en las Leyes 16.463 y 18.284.

Sin vencimiento pero con actualizaciones obligatorias

La Declaración Jurada no tendrá vencimiento, aunque las empresas deberán informar cualquier cambio en su razón social, domicilio, formato societario, dirección técnica o actividad dentro de los 30 días de ocurrido.
Para las firmas ya habilitadas, se estableció un plazo de 180 días hábiles para reempadronarse bajo el nuevo sistema.

Los productos domisanitarios de Riesgo II Grupo B seguirán bajo el procedimiento tradicional. En cambio, el resto de los artículos alcanzados obtendrán vigencia automática tras la presentación del nuevo formulario.

La disposición también incorpora requisitos de Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) para garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los productos. Estas normas abarcan desde cosméticos y perfumes hasta artículos de higiene personal, odontológica y de uso intravaginal.

Los fabricantes e importadores seguirán siendo responsables de que los productos cumplan con todas las normativas y deberán monitorear la experiencia de uso para detectar riesgos o fallas.

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